Preocupación por el área Minera en Rivera

“Establecer las estrategias de desarrollo sostenible, uso y manejo del Territorio en función de objetivos sociales, económicos y ecológicos”

El edil nacionalista, Enrique Faustino Guadalupe en la medio hora previda del día de ayer expuso ante el cuerpo legislativo departamental su preocupación con relación al área minera y la problmatica que se ha presentado.

En su exposición expresó lo siguiente:

«Teniendo en cuenta, laenorme preocupación´pon de los vecinos de nuestro departamento en lo que tiene relación a la explotación minera planteamos la necesidad de legislar en este sentido y prevenir problemas que ya se han visto enfrentados vecinos de Vichadero, y zonas aledañas, Abrojal, Puntas de Abrojal, Minas de Corrales, entre otras.

En otros departamentos, concretamente en Tacuarembó la Junta Departamental encomendó a la Intendencia Departamental la implementación de medidas cautelares.

A continuación planteamos un anteproyecto de resolución:

visto la competencia exclusiva del gobierno departamental para la categorización de suelos en el territorio del Departamento se ejercerá mediante los instrumentos de Ordenamiento Territorial (Ley 18.308 art. 30) considerando que resulta conveniente la identificación de Áreas bajo régimen de especial protección, por su interés de mantener los valores Ambientales o espaciales, el medio Natural, la viodivercidad.

Considerando que el Gobierno Departamental tiene que establecer las estrategias de desarrollo sostenible, uso y manejo del Territorio en función de objetivos sociales, económicos y ecológicos atento a lo establecido en la Constitución de la República art. 273, numeral 1 y la ley 9.515 en su art.19.

La Junta Departamenta l de Rivera Resuelve :

Art. 1° Encomiéndese a la Intendencia de Rivera a través de las reparticiones competentes, la implementación de las medidas cautelares que correspondan a los efectos de preservar las áreas rurales del Departamento, como así mismo la categorización de suelo rural natural de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

Art. 2° Pase a la Intendencia Departamental a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Junta Departamental.

Art. 3° Comuníquese ampliamente lo resuelto»

Notícias Relacionadas

Os comentários são moderados. Para serem aceitos o cadastro do usuário deve estar completo. Não serão publicados textos ofensivos. A empresa jornalística não se responsabiliza pelas manifestações dos internautas.

Deixe uma resposta

Você deve estar Logando para postar um comentário.