Casas de Salud del Adulto Mayor pasan a dependencias del MIDES

Tal como lo informamos anteriormente en A Plateia en español tras nota realizada al Coordinador de MIDES en Rivera, Rafael Rivas

MIDES Rivera

Tal cuál lo informamos en ediciones anteriores de A Plateia en español, en nota realizada al Coordinador del MIDES en Rivera, Rafael Rivas, a través de la presente compartiremos el correo interno del Ministerio de Salud Pública (MSP), donde se comunica oficialmente que a partir de ahora la habilitación y regulación de las Casas de Salud del Adulto Mayor pasa a dependencias del MIDES. 

Comunicado textual 

“Visto la entrada en vigencia del Artículo 298 de la Ley 19149 del 11 d noviembre del año 2013 de Rendición de Cuentas: Transfiérese al Inciso 15 “Ministerio de Desarrollo Social” las competencias de habilitación, regulación y fiscalización de los establecimientos que ofrezcan en forma permanente o transitoria servicio de cuidado a Adultos Mayores con dependencia o autovalidos, que la Ley N° 17066, del 24 de diciembre de 1998y sus normas reglamentarias, le atribuyen al inciso 12 “Ministerio de Salud Pública”.

Exceptúanse aquellas competencias y rectoría en materia de salud sobre los referidos establecimientos.

El Poder Ejecutivo reglamentará esta norma garantizando estándares de atención de calidad, regulaciones, así como prestaciones sanitarias integrales”.

Se comunica a las oficinas involucradas en el proceso de inicio de habilitación, renovación de habilitación y denuncias en general, que deberán derivarse al Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), División de Regulación y Políticas de Cuidado.

 

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